Arístides Villanueva: la Justicia falló a favor de la Municipalidad

Dic 12, 2014 Categoría: Ciudad

La presentación de la acción de amparo había sido argumentada en que la prohibición afectaba gravemente derechos y garantías de la Constitución Nacional; pero la jueza, Dra. Silvana Márquez Morosini, entendió que resulta indiscutible la potestad para ejercer dentro del ámbito comunal el poder de policía y que la ordenanza cuestionada ha sido dictada por el Cuerpo Colegiado (Honorable Concejo Deliberante) en ejercicio de sus atribuciones por el artículo 200 inc. 3 de la Constitución Provincial.

Además, la Justicia dictaminó que la ordenanza en cuestión fue dictada por razones de sanidad ambiental, seguridad, moralidad, tranquilidad, etc, ante los reiterados reclamos de los vecinos por ruidos molestos, disturbios y actos de vandalismo.

Con respecto a los ruidos molestos, consideró que los mismos se han convertido en un agente invisible de la contaminación medio ambiental, denominada contaminación acústica, que afecta la salud y la calidad de vida de las personas.

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