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Permitir el traslado de restos en forma interna o externa a otro cementerio, parque de descanso, crematorio, reducciones, retiro de cenizas.
Ordenanza Tarifaria Nº 3959/18. Ordenanza Nº 3961/18
Se deberá acordar un turno de Exhumación con la empresa funeraria, en un plazo no mayor a los 30 días de culminado el trámite administrativo municipal.
9 de Julio 500, Ciudad de Mendoza, Provincia de Mendoza, Argentina
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