Completar y presentar en Ventanilla Única de la Municipalidad el formulario: “Solicitud de Permiso para Trabajos en la Vía Pública”, el cual se encuentra en Descarga.
A continuación se detallan los requisitos para:
- Conexiones de Servicios Domiciliarios en la Vía Pública
1) SOLICITANTE:
Persona Física:
Persona Jurídica:
- Representante Legal Autorizado por Escribano.
- Certificado de Habilitación de Comercio.
2) DIRECTOR TÉCNICO: PROFESIONAL Y/O INSTALADOR.
3) LIBRE DEUDA del Solicitante.
4) AFORO y SELLADOS:
- Pago de los Aforos y sellados de Tasas de Actuación Municipal.
5) OTRAS OBSERVACIONES PERTINENTES:
- El vallado de obra debe cumplimentar las especificaciones y característica de acuerdo al tipo de obra (estructura, materiales, desarrollo, traza, etc.) teniendo siempre como objetivo priorizar la seguridad del peatón. Se sugiere estructura vertical para tensar tela del tipo plástica naranja h=1.00m. En casos especiales la inspección entregara detalle de vallado
- Factibilidad otorgado por la Concesionaria del Servicio Público que tendrá a su cargo el empalme.
- Las instalaciones deberán ejecutarse cumplimentando las disposiciones de las Ordenanzas Nº 3.746/09 - 3.244/14- 722/96.
Extensiones de Redes y Trabajos en la Vía Pública
1) SOLICITANTE:
Persona Física:
Persona Jurídica:
- Representante Legal Autorizado por Escribano.
- Certificado de Habilitación de Comercio.
2) CONSTRUCTORA:
- Representante Legal Autorizado por Escribano.
- Certificado de Habilitación de Comercio.
- Inscripción en el Consejo Profesional de Mendoza.
- Designación del Director Técnico de Obra.
- Certificado de Habilitación del Consejo o Colegio Profesional del Director Técnico.
- Designación del Encargado de Obra.
3) LIBRE DEUDA:
- Solicitante.
- Empresa Constructora.
4) PLANOS:
- Proyecto de la obra, en Escala 1:100 e indicar domicilio y Nº de frentistas.
- Indicar: Longitud de la traza en vereda o calzada, acotación a puntos fijos y por tramos.
- Los planos ejecutados por las Concesionarias del Servicio deben estar visado y sellado por personal técnico habilitado de la Concesionaria.
- Los planos deben estar firmados y sellados por la parte Solicitante, la Constructora y el Director Técnico.
- Previo presentación de documentación, deberá solicitar la inspección de replanteo de todo objeto a instalar en la vía pública, cumplimentando la Ordenanza Nº 3.779/17- 996/10.
5) MEMORIA DESCRIPTIVA:
- Descripción de la obra a realizar. (Motivos que dan origen a la Obra).
- La obra se realizará por VEREDA o por CALZADA
- Distancia mínima Línea Edificación 0,60m.- Profundidad: Vereda 0,70m; Calzada.
- Cruces de Calzada: Se realizarán conforme a especificaciones del Departamento de ingeniería de la Dirección de Obras Públicas.
- Las cámaras subterráneas se construirán con hormigón armado.
- Los marcos y tapas de cámaras, llaves u otros accesorios de redes, serán de acero dúctil con el impreso identificatorio de la Concesionaria.
- La memoria descriptiva deben estar firmados por el propietario, La Constructora y el Director Técnico.
6) NOTAS:
- Plazos de Obra: (cantidad en días corridos) y jornadas con horario de trabajo.
- En horarios de trabajos corridos deberá comprometerse a no emitir ruidos entre las 13 y 16 hs.
- Compromiso por el Acopio de Materiales: (mosaicos, adoquinados, asfalto, hormigones, etc.).
- Plan de Trabajo detallado por ítem, interviniente en obra (de acuerdo a normas vigentes).
7) OTRAS OBSERVACIONES PERTINENTES:
- El vallado de obra debe cumplimentar las especificaciones y características de acuerdo al tipo de obras (estructura, material, desarrollo, traza, etc.) teniendo siempre como objetivo priorizar la seguridad del peatón. Se sugiere estructura vertical para tensar tela del tipo plástica naranja h=1.00m
- Informe y planos visados por las Concesionarias de Servicios, de las instalaciones que interfieran con la obra proyectada.
- Factibilidad otorgada por la Concesionaria del Servicio Público que tendrá a su cargo el empalme.
- Las instalaciones deberán ejecutarse cumplimentando las disposiciones de las Ordenanzas Nº 3.746/09, Nº 3.244/14.722/96, Nº 3.779/17.996/10 y Decreto Nº 981/10.
- Concluida la obra deberán presentar la declaración jurada de la ocupación del espacio público, cumplimentando el art. 78 de la Ordenanza Tarifaria y Decreto Reglamentario Nº 1.603/18.