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No debe poseer deuda por derechos de cementerio para efectuar el trámite. Una vez aprobado la solicitud por el Poder Ejecutivo, el solicitante deberá abonar Costo de Transferencia de Bóvedas y Mausoleos reglamentado en el artículo Nº 36 inc. II en Ordenanza Tarifaria Anual Vigente
9 de Julio 500, Ciudad de Mendoza, Provincia de Mendoza, Argentina
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