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Realizar el cambio de destino de un inmueble. Para el caso de baldíos o estados ruinosos que tributan sobretasa cuando dicho estado cese, baldíos aforados por actividades establecidas en la Ordenanza Tarifaria o con mejoras, edificados por demolición o estado ruinoso, etc.. Se deberán consultar las distintas opciones reguladas art. 121 y 122 del Código Tributario Municipal.
Ordenanza Tarifaria Vigente – Código Tributario - Ley 9.003
El sellado administrativo será enviado una vez revisada la documentación.
9 de Julio 500, Ciudad de Mendoza, Provincia de Mendoza, Argentina
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