Guía de Trámites

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Renovación de Concesión de Sepulcros

Dirección de Cementerio
- Instructivo de Trámites / 2024

Instructivo de Trámites / 2024

Objeto

Renovación de concesión de nichos, bóvedas, sepulturas o mausoleos.

Requisitos

  • Renovación de Nichos: Presentarse el titular de la concesión, acreditando personería (documento de identidad), y en caso de fallecimiento del titular, algún heredero o familiar que acredite parentesco y presente acta de defunción del titular, (declaratoria de herederos, en caso de no poseerla, partida de defunción del titular, demás partidas que acrediten el vínculo invocado).
  • Renovación de sepulturas, Mausoleos o Bóvedas: deberá presentarse el titular o propietario, en caso de ser más de uno el titular, deberá presentar la conformidad de todos los titulares. Se generará expediente, requiriéndose que el solicitante, acredite personería y constituya domicilio legal dentro del radio urbano del municipio. En el caso de que el titular de la bóveda o mausoleo hubiera fallecido, los herederos deberán presentar la declaratoria de herederos decretada en juicio sucesorio o en su defecto se requerirá la publicación de edictos en el boletín oficial. En ambos casos se solicitará el libre deuda.

Responsable del Trámite

Titular de la concesión del nicho o apoderado legal. Titular de la bóveda o mausoleo, o apoderado con mandato suficiente. Herederos, en caso de fallecimiento del titular de la concesión, con acreditación legal.

Legislación

Ordenanza Nº 3961/18 Ordenanza Tarifaria anual Nº 3959/18

Costo del Trámite

Costo variable

Tiempo Aproximado de Gestión

Trámite administrativo de duración variable.

Lugar de Atención

Cementerio de la Ciudad de Mendoza.

Horario de Atención:

Visitas al Cementerio: lunes a domingo de 08:00 a 18:00 hs - Administración de lunes a viernes: 08:00 a 14:00 hs - Sábados de 9:00 a 12:00 hs.

Correo electrónico

cementerio@ciudaddemendoza.gov.ar

Teléfono

4306246

Observaciones

  • Libre de Deuda: 30 U.T.M.-
  • Tasas de Actuación Municipal: 76 U.T.M.
  • Costo de Renovación de Bóvedas y Mausoleos art: 36 inc. II Código Tributario Municipal vigente.